Los avales de Cantidades Entregadas a Cuenta, y según la legislación vigente, los promotores de las viviendas tienen la obligación de contratar una póliza de seguro de caución para entregar al comprador de la vivienda cuando se formalice el contrato y el comprador entregue las cantidades entregadas a cuenta para la construcción de su vivienda.
Este aval garantizará a los compradores la devolución de las cantidades entregadas a cuenta más los intereses legales del dinero, en caso de que la vivienda no llegase a construirse o se realizase en plazos diferentes a los estipulados en el contrato de compraventa y estarán en vigor hasta la obtención de la documentación legal que permita la entrega de la vivienda y quede acreditada por el promotor la entrega de la vivienda al adquirente.